Notaría en Badalona · Barcelona

La notaría de Badalona que te explica lo que firmas

Respondemos en horario de despacho: lunes a viernes, 08:00–19:00

Sala de firmas de la notaría Notario Badalona, en el centro de Badalona

Protocolo · Badalona Desde 2015

2015Año de apertura del despacho
12Tipos de escritura con página propia
08–19 hHorario seguido, lunes a viernes
24–48 hPlazo habitual para tener cita

Índice de servicios

¿Qué puedes firmar en nuestra notaría de Badalona?

Todo acto que requiera fe pública, ordenado como en una escritura: de lo que más se firma a lo más específico. Cada servicio tiene su página con precios orientativos, plazos y documentación.

Más solicitado

Primero.

Escrituras de compraventa

Compra o vende tu vivienda con revisión previa de cargas, cédula y certificado energético. Coordinamos con banco, inmobiliaria y gestoría el día de la firma.

Ver compraventas

Segundo.

Testamentos y herencias

Testamento abierto en una sola visita y tramitación completa de herencias: declaración de herederos, inventario y adjudicación conforme al derecho catalán.

Ver testamentos y herencias

Tercero.

Poderes notariales

Generales, especiales, para pleitos o preventivos. Redactados a medida para que autoricen exactamente lo que quieres, ni más ni menos, y revocables cuando decidas.

Ver poderes

Cuarto.

Firma de hipotecas

Acta previa de transparencia gratuita y sin el banco delante, como exige la Ley 5/2019. Te explicamos FEIN y FiAE antes de que firmes el préstamo.

Ver hipotecas

Quinto.

Cancelación de hipoteca

Libera tu vivienda de cargas ya pagadas: certificado de deuda cero, escritura de cancelación e inscripción en el Registro de la Propiedad.

Ver cancelaciones

Sexto.

Donaciones

Dona dinero o vivienda a hijos y familiares con la fiscalidad catalana bien calculada antes de firmar. Comparamos donar en vida frente a dejar en herencia.

Ver donaciones

Séptimo.

Constitución de sociedades

Tu SL constituida por vía telemática (CIRCE) con estatutos revisados cláusula a cláusula: objeto social, administradores y pactos entre socios.

Ver sociedades

Octavo.

Actas notariales

Presencia, notoriedad, requerimiento, depósito o junta: dejamos constancia fehaciente de hechos que después nadie pueda discutir.

Ver actas

Noveno.

Capitulaciones matrimoniales

Pacta el régimen económico de tu matrimonio antes o después de casarte. En Cataluña rige la separación de bienes por defecto; te contamos cuándo conviene firmarlas igualmente.

Ver capitulaciones

Décimo.

Declaración de obra nueva

Regulariza construcciones y ampliaciones para que consten en el Registro: con licencia o por antigüedad, con certificado técnico o catastral.

Ver obra nueva

Undécimo.

División de propiedad horizontal

Convierte un edificio en fincas registrales independientes con sus cuotas y estatutos de comunidad. Imprescindible para vender pisos por separado.

Ver división horizontal

Duodécimo.

Expedientes de dominio

Inmatricula fincas que nunca llegaron al Registro o corrige descripciones que no cuadran con la realidad, por la vía notarial de la Ley Hipotecaria.

Ver expedientes

Por qué este despacho

¿Qué diferencia a Notario Badalona de otras notarías?

La diferencia está en lo que pasa antes de la firma: recibes el borrador de tu escritura y el presupuesto desglosado por email, y lo repasamos contigo antes del día señalado. Nadie firma aquí nada que no haya entendido.

Borrador antes de firmar

Te enviamos la escritura y el presupuesto desglosado por email con días de antelación. Las dudas se resuelven antes, no en la mesa de firmas.

Horario seguido de 08:00 a 19:00

Once horas al día, de lunes a viernes, para que no tengas que pedir la mañana libre. Cita habitual en 24–48 horas.

Presupuesto cerrado por escrito

Arancel notarial desglosado partida a partida, gratis y sin compromiso. Lo que se firma es lo que se presupuestó.

Trato directo, sin intermediarios

Hablas con quien lleva tu expediente, en castellano o en catalán. Copias autorizadas electrónicas el mismo día de la firma.

Pablo B., director del despacho Notario Badalona

Sobre nosotros

«Una escritura no es un trámite: es la ley que os vais a aplicar entre vosotros durante años. Mi trabajo es que la entiendas antes de firmarla.»

Pablo B.Director del despacho · Notario Badalona

Pablo dirige el despacho desde su apertura en 2015, tras más de una década en despachos notariales de Barcelona, entre protocolo, pólizas bancarias y expedientes de jurisdicción voluntaria. Con él trabaja un equipo de oficiales que lleva cada expediente de principio a fin: la misma persona que te coge el teléfono es la que prepara tu escritura.

Conoce al equipo del despacho o consulta cómo pedir cita en la notaría.

Guía práctica

¿Cuánto cuesta ir al notario en Badalona?

Ir al notario en Badalona cuesta desde unos 45 € en los actos más sencillos, porque los honorarios notariales están regulados por un arancel estatal (Real Decreto 1426/1989) y son muy similares en toda España. Lo que cambia entre despachos no es tanto el precio como el servicio que lo acompaña: cuántas copias incluyen, si revisan la documentación antes o si te enteras del coste el día de la firma.

Lo que más nos preguntan por WhatsApp es, precisamente, «¿y esto cuánto me va a costar?». En Notario Badalona la respuesta llega siempre igual: un presupuesto desglosado por email, partida a partida, antes de que reserves cita. El arancel depende de factores objetivos —el valor de la operación, el número de folios, las copias— así que puede calcularse con precisión desde el primer día. Puedes consultar el arancel oficial en el Real Decreto 1426/1989 publicado en el BOE, y comprobar que nuestro presupuesto lo sigue línea a línea. Para operaciones concretas, revisa las tarifas orientativas de compraventa o lo que cuesta hacer testamento en Badalona.

¿Testamento o declaración de herederos? La comparativa que más nos piden

Resumen rápido: hacer testamento hoy cuesta entre 45 y 80 € y una mañana; no hacerlo obliga a tus herederos a tramitar una declaración de herederos que cuesta en torno a diez veces más y añade uno o dos meses al papeleo. En nuestro despacho, seis de cada diez herencias que acompañamos empiezan sin testamento, y casi todas las familias nos dicen lo mismo: «si lo llegamos a saber…».

Comparativa entre testamento abierto y declaración de herederos
CriterioTestamento abiertoDeclaración de herederos
Coste orientativo45–80 €300–500 € (acta de notoriedad)
PlazoSe firma en una sola visitaActa + 20 días hábiles de espera legal
Quién heredaQuien tú decidas, respetando la legítimaEl orden que fija la ley catalana
DocumentaciónSolo tu DNICertificados, testigos y libro de familia
Cuándo elegirlaSiempre que puedas anticiparteSolo cuando ya no hay testamento

En Cataluña, además, la sucesión se rige por el libro cuarto del Código Civil catalán: la legítima es una cuarta parte del caudal —no dos tercios como en el derecho común— y eso da mucho más margen para decidir. Por experiencia, un testamento bien pensado evita la mayoría de los conflictos que luego vemos en las adjudicaciones. Si estás en esta situación, en la página de testamentos y herencias explicamos el proceso completo, y en el blog tienes una guía sobre qué hacer con una herencia sin testamento en Cataluña.

¿Cómo se pide cita con el notario en Badalona?

Pedir cita en Notario Badalona lleva menos de un minuto: escribe al WhatsApp 641 16 17 71, llama a ese mismo número o envía un email a info@notariobadalona.es, y tendrás fecha en 24–48 horas laborables. El proceso completo, desde que nos escribes hasta que sales con tu copia, sigue siempre los mismos pasos:

  1. Cuéntanos qué necesitas firmar.

    Por WhatsApp, teléfono o email. Te decimos en el momento qué documentación hace falta y te enviamos el presupuesto desglosado.

  2. Envíanos la documentación por email.

    La revisamos antes de la cita: si falta una cédula, un certificado o una copia, lo detectamos con días de margen, no en la mesa de firmas.

  3. Recibe y repasa tu borrador.

    Te adelantamos el texto de la escritura para que lo leas con calma. Cualquier cambio se hace antes del día señalado.

  4. Firma y llévate tu copia.

    El día de la firma se lee y explica la escritura completa. La copia autorizada electrónica sale el mismo día hacia el Registro o el organismo que corresponda.

Trabajamos también con inmobiliarias, gestorías y entidades financieras de Badalona y del Barcelonès Nord que necesitan coordinar firmas con fecha fija. Si es tu caso, contacta con el despacho y agenda directamente con el oficial que llevará la operación. Y si te pilla lejos o no puedes desplazarte, valoramos si procede un poder notarial para que otra persona firme por ti.

Documento por documento

Qué es cada escritura, quién tiene que venir y qué pasa después

Casi todas las dudas que llegan por WhatsApp son las mismas tres: para qué sirve exactamente este documento, quién tiene que estar delante el día de la firma y qué queda por hacer al salir. Esto es lo que conviene saber de cada tipo antes de pedir cita.

Testamentos y herencias

El testamento abierto ordena por escrito cómo quieres que se reparta lo tuyo dentro de los límites que fija el derecho civil catalán. Se otorga en una sola visita, queda en el protocolo del despacho y se comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad; en vida no se entrega copia a nadie más que al testador. La herencia es el paso posterior: inventario, adjudicación y reparto entre quienes resulten llamados.

Quién comparece: el testamento lo firma el testador en persona y nunca por medio de apoderado; en la herencia deben intervenir todos los herederos, o alguien con poder suficiente de los que no puedan asistir. Qué se aporta: para testar, el DNI vigente; para la herencia, certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia autorizada del testamento, DNI de los herederos, títulos de propiedad y certificados de saldos bancarios. Después de firmar: queda liquidar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal e inscribir los inmuebles adjudicados. Tienes el recorrido completo en testamentos y herencias.

Escrituras de compraventa

Es el documento que traslada la propiedad de un inmueble del vendedor al comprador y el que permite inscribir esa titularidad en el Registro de la Propiedad. Antes de la firma se comprueban cargas, situación arrendaticia, coincidencia con la descripción registral y estado de pagos con la comunidad.

Quién comparece: vendedor y comprador —todos los cotitulares, incluido el cónyuge cuando el régimen económico lo exige— o sus apoderados. Qué se aporta: DNI o NIE vigente, título de propiedad, cédula de habitabilidad, certificado de eficiencia energética, último recibo del IBI, certificado de la comunidad de estar al corriente y, si queda hipoteca viva, el certificado de deuda del banco. Después de firmar: la copia autorizada electrónica sale hacia el Registro, se liquidan los impuestos de la operación y se actualiza la titularidad catastral. Más detalle en escrituras de compraventa.

Hipotecas y cancelación de hipoteca

La escritura de préstamo hipotecario documenta el préstamo y la garantía que recae sobre la vivienda. La Ley 5/2019 obliga a una reunión previa con el prestatario, sin el banco delante, en la que se repasan la FEIN, la FiAE y las cláusulas sensibles; esa acta de transparencia es gratuita y tiene que ser anterior a la firma. La cancelación es el trámite inverso: una vez pagado el préstamo, libera la finca de la carga inscrita.

Quién comparece: en el préstamo, quien se obliga —titulares, avalistas e hipotecantes no deudores— y el apoderado de la entidad; en la cancelación, normalmente basta con el representante del banco. Qué se aporta: FEIN y FiAE remitidas por la entidad, DNI, y para cancelar, el certificado de deuda cero. Después de firmar: la escritura se inscribe en el Registro de la Propiedad, y hasta que esa inscripción no se practica la carga sigue apareciendo en la nota simple. Ampliado en firma de hipotecas y cancelación de hipoteca.

Poderes notariales

Un poder autoriza a otra persona a actuar en tu nombre en aquello que tú delimites: vender un inmueble concreto, operar con un banco, pleitear o gestionar un trámite puntual. Se redacta a medida, con facultades tasadas, y puede revocarse en cualquier momento otorgando la revocación y notificándola al apoderado.

Quién comparece: solo el poderdante; el apoderado no tiene que estar presente ni firmar. Qué se aporta: DNI del poderdante y los datos completos de la persona apoderada —nombre, DNI y domicilio—, además de la identificación de la operación si el poder es especial. Después de firmar: el apoderado necesita la copia autorizada en papel o electrónica para poder usarlo, y si va a surtir efecto fuera de España suele hacer falta apostilla o traducción jurada. Ver poderes notariales.

Actas notariales

El acta no recoge acuerdos, sino hechos: lo que se ve, se recibe o se deposita. Se usan para acreditar el estado de una vivienda antes de una obra, dejar constancia de una notificación o un requerimiento, fijar el contenido de una página web, protocolizar el resultado de un sorteo o levantar acta de una junta general.

Quién comparece: quien solicita el acta; la otra parte no tiene por qué intervenir, y en las de notificación se limita a recibirla. Qué se aporta: aquello que quiere acreditarse —el documento, las fotografías, el texto del requerimiento, el domicilio exacto del destinatario— y la identificación del requirente. Después de firmar: queda una copia con valor probatorio y, según el tipo, un plazo de contestación para el destinatario. Ver actas notariales.

Constitución de sociedades

La escritura de constitución da nacimiento a la sociedad y fija sus reglas internas: objeto social, capital, participaciones, sistema de administración y régimen de transmisión. Buena parte de los conflictos entre socios que se ven después nacen de unos estatutos genéricos firmados con prisa.

Quién comparece: todos los socios fundadores o sus apoderados, y los administradores que acepten el cargo en la misma escritura. Qué se aporta: certificación negativa de denominación del Registro Mercantil Central, DNI o NIE de socios y administradores, acreditación del desembolso del capital, y la redacción del objeto social y del domicilio. Después de firmar: se solicita el NIF, se inscribe en el Registro Mercantil y se cursa el alta censal; hasta la inscripción la sociedad está en formación. Ver constitución de sociedades.

Capitulaciones matrimoniales

Sirven para pactar el régimen económico del matrimonio o cambiarlo más adelante: separación de bienes, participación o gananciales, además de otros pactos patrimoniales entre los cónyuges. En Cataluña el régimen legal supletorio es el de separación de bienes, así que las capitulaciones suelen otorgarse para lo contrario o para matrimonios sujetos a otra legislación.

Quién comparece: los dos cónyuges, o los dos futuros contrayentes si se firman antes de la boda. Qué se aporta: DNI de ambos y, si ya están casados, libro de familia o certificado literal de matrimonio con los datos de inscripción. Después de firmar: se comunican al Registro Civil para que consten al margen de la inscripción de matrimonio, y si afectan a inmuebles se hacen constar también en el Registro de la Propiedad. Ver capitulaciones matrimoniales.

Donaciones

Documenta la entrega gratuita de dinero, participaciones o un inmueble en vida. Cuando lo donado es una vivienda, la escritura es imprescindible para inscribir el cambio de titularidad, y conviene revisar antes cómo encaja con la futura herencia y con la fiscalidad autonómica.

Quién comparece: donante y donatario, porque la donación necesita aceptación de quien la recibe; si el donatario es menor, intervienen sus representantes legales. Qué se aporta: DNI de ambos, título de propiedad y referencia catastral del bien donado, y el justificante de la transferencia cuando se dona dinero. Después de firmar: el donatario liquida el impuesto de donaciones en el plazo previsto, se abona la plusvalía municipal si hay inmueble urbano y se inscribe en el Registro. Ver donaciones.

Declaración de obra nueva

Incorpora al Registro una edificación que físicamente existe pero registralmente no: una casa levantada sobre un solar, una ampliación o una construcción antigua nunca declarada. Sin ella, sobre el papel sigue habiendo solo suelo, con lo que eso complica una venta o una hipoteca.

Quién comparece: el propietario o propietarios de la finca. Qué se aporta: licencia de obras, certificado final de obra firmado por técnico competente, seguro decenal cuando se trata de vivienda, certificado energético, licencia de primera ocupación o cédula, y las coordenadas georreferenciadas de la superficie ocupada. En las obras antiguas, la acreditación de la antigüedad por certificación técnica o catastral. Después de firmar: se inscribe en el Registro, se liquida el impuesto de actos jurídicos documentados y se actualiza la descripción catastral. Ver declaración de obra nueva.

División de propiedad horizontal

Convierte un edificio en fincas independientes —pisos, locales, plazas de aparcamiento, trasteros—, asigna a cada una su cuota de participación y describe los elementos comunes. Es el paso previo para poder vender o hipotecar cada unidad por separado y para constituir la comunidad de propietarios.

Quién comparece: el propietario único del edificio o, si ya está dividido, todos los propietarios con el acuerdo de la junta cuando la modificación lo requiere. Qué se aporta: título de propiedad, descripción de cada elemento privativo con superficie y linderos, cuadro de cuotas, planos y la licencia municipal de división cuando sea exigible, además de los estatutos si se aprueban en el mismo acto. Después de firmar: el Registro abre folio propio a cada finca resultante y a partir de ahí cada una tiene vida jurídica independiente. Ver división de propiedad horizontal.

Qué documentación reunir antes de la cita

La mayoría de firmas que se retrasan no se retrasan por el notario, sino por un papel que llega tarde. Con estos documentos localizados antes de escribir al despacho, el presupuesto y la fecha salen a la primera:

  • Documento de identidad en vigor de todos los que van a firmar, y NIE y pasaporte cuando alguno sea extranjero. Un DNI caducado detiene la firma.
  • El título del que nace lo que vas a firmar: la escritura de compra del inmueble, el título de la finca, la escritura de constitución de la sociedad o el testamento anterior si lo hubo.
  • Los certificados con fecha de caducidad: certificado de últimas voluntades, certificado de deuda del banco, certificado de la comunidad, cédula de habitabilidad y certificado energético. Pídelos con margen, no la víspera.
  • Los datos completos de quien no vaya a estar: nombre, DNI y domicilio del apoderado, del donatario o del administrador, escritos tal y como figuran en su documento.
  • La referencia catastral de cualquier inmueble implicado, que aparece en el recibo del IBI.
  • El justificante del medio de pago cuando hay dinero de por medio: en las compraventas debe poder acreditarse cómo se paga el precio.
  • Los plazos que te condicionan: vencimiento de arras, fecha de entrega de llaves, cierre del ejercicio o el plazo de seis meses del impuesto de sucesiones.

Esta página es informativa y de carácter general. La documentación exacta, los plazos y los impuestos dependen de cada caso concreto y del régimen aplicable, y se confirman por escrito al pedir cita en el despacho.

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta antes de venir a la notaría

¿Cuánto cuesta hacer un testamento en la notaría de Badalona?

Un testamento abierto cuesta entre 45 y 80 €, arancel notarial incluido. El precio incluye el asesoramiento previo, la redacción y la comunicación al Registro de Actos de Última Voluntad. Solo necesitas tu DNI y saber cómo quieres repartir; nosotros lo traducimos a cláusulas válidas conforme al derecho catalán.

¿Cómo pido cita y cuánto tardáis en dármela?

Puedes pedir cita por WhatsApp o llamada al 641 16 17 71, o por email a info@notariobadalona.es. Lo habitual es tener fecha en 24–48 horas laborables. Para firmas coordinadas con bancos u otras partes, la fecha se pacta con todos los intervinientes.

¿Puedo elegir notario o me lo asigna el banco o la inmobiliaria?

El notario lo eliges tú: es un derecho reconocido por la normativa notarial y, en los préstamos hipotecarios, la Ley 5/2019 lo deja negro sobre blanco. Ni el banco ni la inmobiliaria pueden imponértelo. Basta con indicar en la operación que quieres firmar en Notario Badalona.

¿Quién paga la notaría en una hipoteca?

Desde la Ley 5/2019, la escritura del préstamo hipotecario la paga el banco; el comprador asume la escritura de compraventa y sus copias. Además, el acta previa de transparencia —la reunión contigo antes de la firma— es gratuita por ley.

¿Qué documentos necesito para vender mi piso?

Para una compraventa en Cataluña necesitas DNI vigente, escritura de propiedad, cédula de habitabilidad, certificado energético, último recibo del IBI y certificado de la comunidad de estar al corriente de pagos. Si hay hipoteca pendiente, también el certificado de deuda del banco. Te lo confirmamos todo por escrito al pedir cita.

¿Cuánto se tarda en firmar una herencia?

Con testamento y documentación completa, entre cuatro y ocho semanas. Sin testamento hay que sumar la declaración de herederos, que añade unos 20 días hábiles de espera legal tras el acta. El plazo fiscal para liquidar el impuesto de sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables si se pide a tiempo.

¿Atendéis en catalán y en castellano?

Sí, indistintamente, y las escrituras pueden otorgarse en cualquiera de las dos lenguas. Si algún interviniente no entiende ninguna de ellas, se firma con intérprete o en doble columna, según el caso.

¿Hacéis firmas urgentes?

El horario seguido de 08:00 a 19:00 absorbe la mayoría de urgencias en 24 horas. Si hay un motivo justificado —un viaje inminente, un ingreso hospitalario, un cierre de operación— intentamos encajar la firma el mismo día. Cuéntanoslo por WhatsApp y te decimos qué es posible.

¿El presupuesto es realmente gratuito?

Sí: pedir presupuesto no cuesta nada ni te compromete a firmar con nosotros. Lo enviamos por escrito, desglosado según el arancel notarial, para que puedas comparar. Lo que se presupuesta es lo que se cobra, salvo que la operación cambie.

¿Dónde está la notaría y cómo llego?

El despacho está en el centro de Badalona, a pocos minutos a pie de la Plaça de la Vila y del eje comercial del carrer del Mar. En metro, la parada más próxima es Badalona Pompeu Fabra (L2); en Rodalies, la estación de Badalona (R1). Al pedir cita te enviamos la ubicación exacta por WhatsApp.

¿Un poder notarial es seguro? ¿Puedo anularlo después?

Un poder es revocable en cualquier momento: basta otorgar la revocación ante notario y notificarla al apoderado. Además se redacta a medida, limitando facultades, importes o plazos, para que autorice exactamente lo que tú quieras y nada más.

Cita en 24–48 h

Cuéntanos qué necesitas firmar

Escríbenos por WhatsApp y te respondemos con la documentación necesaria y el presupuesto desglosado. Sin compromiso y por escrito, como todo lo que sale de este despacho.

También por email: info@notariobadalona.es · Lunes a viernes, 08:00–19:00

Zona de servicio

Una notaría en el centro de Badalona, para todo el Barcelonès Nord

Atendemos a vecinos y empresas de todos los barrios de Badalona y de los municipios vecinos. Si no puedes desplazarte por enfermedad o movilidad reducida, valoramos la firma a domicilio dentro del término municipal.

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